Ley Federal del Trabajo · Artículo 132
Artículo 132 LFT: qué exige el registro electrónico de jornada en México
La reforma del 1 de mayo de 2026 añadió una obligación nueva: registrar electrónicamente el inicio y fin de la jornada. La parte importante está en distinguir lo que ya está escrito en la ley de lo que la STPS todavía debe definir.
Por Nathan Wong, fundador y CEO de Zela · Última revisión: 11 septiembre 2026
En una frase
El artículo 132, fracción XXXIV, exige registrar electrónicamente la hora de inicio y finalización de la jornada y poder entregar ese registro a la autoridad; la STPS aún debe definir el alcance, las excepciones y las reglas generales de implementación.
Qué dice exactamente la nueva fracción XXXIV
El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026 añadió la fracción XXXIV al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.
“Registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización; así como proporcionarlo a la autoridad cuando se le requiera.”
El mismo texto ordena a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social emitir disposiciones generales que determinen el ámbito de aplicación y las excepciones. Esas disposiciones entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2027.
Lo que ya sabemos — y lo que no
Ya está en la ley
- • Registro electrónico por persona trabajadora.
- • Hora de inicio y finalización.
- • Entrega del registro a la autoridad cuando se requiera.
- • Posible valor probatorio del registro acordado entre trabajador y empleador.
Todavía falta
- • Ámbito exacto de aplicación.
- • Excepciones.
- • Requisitos técnicos que establezca la STPS.
- • Cualquier detalle operativo adicional que no aparezca en el decreto.
¿La Ley Federal del Trabajo obliga a instalar un reloj checador?
No. La fracción XXXIV habla de un registro electrónico; no exige por sí sola un reloj biométrico, una terminal física, una app específica ni una marca de software. Si la STPS establece requisitos técnicos adicionales, habrá que incorporarlos cuando publique sus disposiciones generales.
Para operaciones con muchas sucursales, servicios o cuadrillas, esa diferencia importa: el objetivo legal es el registro, no comprar hardware por comprarlo.
¿Cuándo entra en vigor?
El decreto entró en vigor el 1 de mayo de 2026, pero el transitorio quinto establece que las disposiciones generales relativas al registro electrónico entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2027. El periodo entre mayo y diciembre de 2026 está previsto como etapa de ajuste de procesos.
Eso hace que 2026 sea útil para probar el proceso sin fingir que ya conocemos el reglamento final.
¿Cuál es la multa?
El artículo 994, fracción IV Bis, prevé de 250 a 5,000 UMA para la persona empleadora obligada que incumpla la fracción XXXIV. Con la UMA diaria 2026 de $117.31 MXN, eso equivale de forma indicativa a $29,327.50 a $586,550.00 MXN.
Ese cálculo no predice una sanción concreta. La UMA cambia y cualquier consecuencia depende del caso y del procedimiento aplicable. Puedes explorar el rango en nuestra calculadora de multas.
El detalle que más nos importa operativamente: poder explicar una corrección
En operaciones reales, el registro perfecto no existe. Alguien olvida la salida. Un supervisor corrige una hora. Cambia el turno. Se usa un teléfono compartido. Para nosotros, ahí está la diferencia entre “tener un checador” y tener un registro que sirve.
Un sistema útil debería dejar claro cuál fue el evento original, qué se modificó y qué evidencia existía alrededor del marcaje. Eso es valioso para operaciones hoy y también puede importar cuando hay una aclaración, una queja o una controversia.
Esta es una observación de producto y operación de Zela, no un requisito técnico adicional atribuido a la STPS.
Qué puede hacer una empresa antes de 2027
- 1. Mapea cómo se registra hoy. Incluye entradas, salidas, turnos nocturnos, relevos y excepciones.
- 2. Encuentra dónde se pierde evidencia. Papel, Excel editable, chats, fotos sin contexto y correcciones sin historial son los puntos obvios.
- 3. Prueba un ciclo real. No basta con que alguien marque una vez. Cierra una semana o quincena y revisa qué tuvo que corregir administración.
- 4. Mantén flexible la capa regulatoria. La STPS todavía debe publicar el detalle final.
¿Quieres probar el registro electrónico con un equipo real?
Zela usa QR, celular, ubicación e identidad para registrar la jornada sin instalar un reloj checador en cada ubicación. Puedes empezar con un grupo pequeño y validar el cierre antes de escalar.
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